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Sobre Mesas de Exámen

Estimada Docencia de la UNPA:

Ante que nada esperamos se encuentren bien.
Nos comunicamos con Uds. para recordar que las Mesas de Exámenes es tema de tratamiento de la Comisión Negociadora de Nivel Particular, y en virtud de las diversas situaciones que se han suscitado hemos solicitado que se constituya la Comisión de seguimiento COVID 19 (acuerdo paritario) con representantes de ATUNPA, ADIUNPA, representantes por centros de estudiantes o quienes designen los propios estudiantes y las autoridades. Esta reunión se llevará a cabo en los próximos días.

Ante determinadas definiciones que se han tomado y que incumplen con el Protocolo de las Mesas de Exámenes y los acuerdos paritarios, hemos hecho presentación correspondiente ante la Comisión Negociadora de Nivel Particular del día 18 de Agosto del 2020.

Queremos aclarar que las Mesas de Exámenes se regulan por la readecuación del Calendario Académico y las acciones para la actividad académica se regulan por la Resolución N° 005/20-CS-UNPA (https://drive.google.com/file/d/1XR64pMr8y39Ghjqg0sR2gKr9U6nyDrDx/view?usp=sharing), esta resolución contempla el protocolo para lo toma de exámenes que fue elaborada por todas las Unidades Académicas y aprobado por UNANIMIDAD. Esta resolución define lo siguiente:

– La gradualidad ante no poder retornar a la presencialidad y que está se iba a ir evaluando según los mecanismos que el mismo COSU estableció.
– Ante estas definiciones en este turno de exámenes participan estudiantes que adeuden el 30% o 7 asignaturas.
– Las únicas personas que pueden desarrollarse cómo asistentes técnicos son quienes revisten situación laboral como NO DOCENTES de la UNPA, no es tarea ni función docente asumir tareas del sector de personal y apoyo en la asistencia técnica, de hecho, es un incumplimiento a los acuerdos paritarios y al mismo protocolo que la UNPA votó por UNANIMINDAD, al Convenio Colectivo de Trabajo del sector docente y no docente.
Compartimos el extracto del Protocolo que así lo define “…Durante el desarrollo de la instancia evaluativa, se contará con la asistencia técnica de la Unidad Académica donde revista la Presidencia de mesa (Plan de Acción de Mantenimiento, Secretaria Académica ó Área de Educación a Distancia), quien deberá configurar el escenario donde se llevará a cabo la evaluación e informar si alguno de los participantes (integrantes del tribunal o estudiante) se desconectaran. A solicitud del equipo docente la persona que asiste técnicamente podrá salir del escenario donde se concreta la evaluación una vez configurados todos los elementos para su desarrollo teniendo uno de los integrantes del tribunal asumir el control de conexión de los participantes. En este caso, dicho/a trabajador/a (asistencia técnica) deberá estar disponible para atender cualquier dificultad técnica que surja…”.

Volvemos a manifestar que las condiciones de trabajo estipuladas deben ser garantizadas por las autoridades que tienen la responsabilidad Estatutaria de hacerlo y que no puede recaer en una “decisión” o “voluntad” de la docencia.

Las condiciones establecidas para las mesas siguen siendo:
– El día, horario y medio- escenario digital de evaluación por el que se llevarán a cabo las mesas debe acordarse con quienes integran el tribunal desde la Secretaría Académica de cada UUAA.
– Se deben tener en cuenta los horarios de la jornada laboral ante la ASPO que han sido ya declarados ante cada UUAA y la ART.
– Quienes integran el tribunal evaluador podrán justificar la imposibilidad de garantizar la participación en la mesa.
– El día que el tribunal evaluador esté afectado a la mesa de examen será eximido de realizar actividades de grado, extensión, investigación y reuniones institucionales.
– Las readecuaciones que se realicen a los programas para la modalidad de examen deben ser notificadas fehacientemente a la Secretaría Académica de la unidad académica que corresponda.
– La Unidad académica debe hacer un relevamiento previo para ver si están dadas las condiciones tecnológicas para realizar la mesa de examen.
– El tribunal evaluador estará constituido por 3 integrantes y el sub-claustro auxiliar no puede presidir la mesa.
– Durante todo el desarrollo de la mesa debe estar la asistencia técnica y administrativa de la unidad académica para atender cualquier requerimiento del tribunal.
– La duración del proceso no puede superar las 5 horas diarias.

La Asociación sigue sosteniendo su trabajo en representación de la parte trabajadora en base a los acuerdos alcanzados en el Acta Paritaria https://drive.google.com/file/d/16nsxF3oCb0OMt8-hPO-EVE4rpi42qOil/view?usp=sharing y las consultas realizadas a las/los afiliadas/os en ASAMBLEAS, ENCUESTAS y REUNIONES. No permitamos que las regulaciones del trabajo mediado en contextos excepcionales sean definidas por fuera del ámbito de discusión laboral.

Defender el Convenio Colectivo de trabajo es una responsabilidad que involucra a cada docente de la UNPA.

Compartimos un breve informe de los temas en la Comisión Negociadora Particular: https://drive.google.com/file/d/1-PA86j3R6PiyJvMWP32tUOreX6_ORZ8K/view?usp=sharing.

Ante cualquier consulta estamos a disposición.
Saludos cordiales
CD ADIUNPA